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TRANSICIÓN 10. Los cambios en las políticas contables se contabilizarán de acuerdo con los requerimientos de la NIC 8 Políticas contables, cambios en las estimaciones y errores (*). (*) Si la entidad aplicase esta Interpretación en un ejercicio anterior al 1 de enero de 2005, seguirá los requerimientos de la versión anterior de la NIC 8, que llevaba el título de Ganancia o Pérdida Neta del Ejercicio, Errores Fundamentales y Cambios en las Políticas Contabless, a menos que la entidad ya estuviese aplicando la versión revisada de esa Norma en un ejercicio anterior. |