| RECONOCIMIENTO Y VALORACIÓN Balance de apertura con arreglo a las NIIF 6. La entidad preparará un balance de apertura con arreglo a las NIIF en la fecha de transición a las NIIF. Éste es el punto de partida para la contabilización según las NIIF. La entidad no necesita presentar este balance de apertura en sus primeros estados financieros con arreglo a las NIIF.
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