| RECONOCIMIENTO Y VALORACIÓN Valor razonable o revalorización como coste atribuido 16. La entidad podrá optar, en la fecha de transición a las NIIF, por la valoración de una partida de inmovilizado material por su valor razonable, y utilizar este valor razonable como el coste atribuido en tal fecha. 17. La entidad que adopte por primera vez las NIIF podrá utilizar el importe del inmovilizado material revalorizado según PCGA anteriores, ya sea en la fecha de transición o antes, como coste atribuido en la fecha de revalorización, siempre que aquélla fuera, en el momento de realizarla, comparable en sentido amplio: a) al valor razonable, o b) al coste, o al coste depreciado según las NIIF, ajustado para reflejar, por ejemplo, cambios en un índice de precios general o específico. 18. Las opciones de los párrafos 16 y 17 podrán ser aplicadas también a: a) los inmuebles de inversión, si la entidad escoge la aplicación del modelo del coste de la NIC 40 Inmuebles de Inversión, y b) los activos inmateriales que cumplan: i) los criterios de reconocimiento de la NIC 38 Activos Inmateriales (incluyendo la valoración fiable del coste original), y ii) los criterios establecidos por la NIC 38 para la realización de revalorizaciones (incluyendo la existencia de un mercado activo). La entidad no usará estas posibilidades de elección para la valoración de otros activos o pasivos distintos de los mencionados. 19. La entidad que adopte por primera vez las NIIF puede haber establecido un coste atribuido, según PCGA anteriores, para algunos o todos sus activos y pasivos, valorándolos por su valor razonable en una fecha particular, por causa de algún suceso, tal como una privatización o una oferta pública de adquisición. En ese caso, podrá usar tales medidas del valor razonable, provocadas por el suceso en cuestión, como el coste atribuido por las NIIF en la fecha en que se produjo dicha valoración. |