| Reglamento (CE) Nº 1126/2008 de la Comisión de 3 de noviembre de 2008 por el que se adoptan determinadas Normas Internacionales de Contabilidad de conformidad con el Reglamento (CE) nº 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo (Texto pertinente a efectos del EEE) (Modificado por el Reglamento (CE) nº 1260/2008 de la Comisión de 10 de diciembre de 2008: sustitución de la NIC 23, que incluye, a su vez, un apéndice de modificación, con efectos desde el 1 de enero de 2009, de la NIIF 1, NIC 1, NIC 7, NIC 11, NIC 16, NIC 38 y CINIIF 1) (Modificado por el Reglamento (CE) nº 1261/2008 de la Comisión de 16 de diciembre de 2008: modificación de la NIIF 2, con efectos desde el 1 de enero de 2009) (Modificado por el Reglamento (CE) nº 1262/2008 de la Comisión de 16 de diciembre de 2008, vigente desde el 20 de diciembre de 2008: introducción de la CINIIF 13) (Modificado por el Reglamento (CE) nº 1263/2008 de la Comisión de 16 de diciembre de 2008, vigente desde el 20 de diciembre de 2008: introducción de la CINIIF 14) (Modificado por el Reglamento (CE) nº 1274/2008 de la Comisión de 17 de diciembre, vigente desde el 21 de diciembre de 2008: sustitución de la NIC 1; se incluye, a su vez, un apéndice de modificación que afecta a todo el cuerpo de las NIC/NIIF, con efectos desde el 1 de enero de 2009) (Modificado por el Reglamento (CE) nº 53/2009 de la Comisión de 21 de enero, vigente desde el 23 de enero de 2009: modificación de la NIC 1 y 32; se incluye, a su vez, un apéndice de modificación que afecta a la NIC 39, la NIIF 7 y la CINIIF 2, con efectos desde el 1 de enero de 2009) (Modificado por el Reglamento (CE) nº 69/2009 de la Comisión de 23 de enero, vigente desde el 27 de enero: modificación de la NIIF 1, NIC 27, 18, 21 y 36) (Modificado por el Reglamento (CE) nº 70/2009 de la Comisión de 23 de enero, vigente desde el 27 de enero: modificación y mejoras, en general, a todo el cuerpo de las NIC/NIIF) (Modificado por el Reglamento (CE) nº 254/2009 de 25 de marzo vigente desde el 30 de marzo: Introducción de la CINIIF 12 y modificación de la NIIF 1, CINIIF 4 y SIC 29) (Modificado por el Reglamento (CE) nº 460/2009 de 4 de junio de 2009 vigente desde el 8 de junio: Introducción de la CINIIF 16) (Modificado por el Reglamento (CE) de la Comisión nº 494/2009, de 3 de junio de 2009 vigente desde el 15 de junio: Introducción de una nueva versión de la NIC 27 y modificación de las NIIF1,4,5, NICs 1,7,14,21,28,31,32,33,39 y SIC 7) (Modificado por el Reglamento (CE) de la Comisión nº 495/2009 de 3 de junio de 2009 vigente desde el 15 de junio: Introducción de una nueva versión de la NIIF 3 y modificación de las NIIF 1,2,7, NICs 12,16,28,32,33,34,36,37,38,39 y CINIIF 9) (Modificado por el Reglamento (CE) de la Comisión nº 636/2009 de la Comisión de 25 de marzo 2009 vigente desde el 26 de julio: Introducción de la CINIIF 15)
(Modificado por el Reglamento (CE) de la Comisión nº 824/2009 de la Comisión de 9 de septiembre de 2009 vigente desde el 13 de septiembre: Modificación de la NIC 39 y de la NIIF 7) (Modificado por el Reglamento (CE) nº 839/2009 de 15 de septiembre, en vigor desde el 17 de septiembre y aplicable a más tardar desde la fecha de inicio de su primer ejercicio posterior al 30 de junio de 2009: Modificacion de la NIC 39) (Modificado por el Reglamento (CE) nº 1136/2009 de 25 de noviembre, en vigor desde el 30 de noviembre y aplicable como muy tarde a partir de la fecha de inicio de su primer ejercicio financiero que comience después del 31 de diciembre de 2009: Reestructuración de la NIIF 1) (Modificado por el Reglamento (CE) nº 1142/2009 de 26 de noviembre, aplicable a más tardar desde la fecha de inicio de su primer ejercicio posterior al 31 de octubre de 2009: Introducción CINIIF 17 y modificación de la NIIF 5 y NIC 10) (Modificado por el Reglamento (CE) Nº 1164/2009 de la Comisión de 27 de noviembre, aplicable desde el 4 de diciembre de 2009: NIIF 1, apéndice D, párrafos D1 y D24 -nuevo- ) (Modificado por el Reglamento (CE) Nº 1165/2009 de la Comisión de 27 de noviembre, aplicable desde el 4 de diciembre de 2009: NIIF 7 y NIIF 4 ) (Modificado por el Reglamento (CE) nº 1171/2009, de la Comisión, de 30 de noviembre, aplicable desde el 4 de diciembre de 2009: CINIIF9 y NIC 39) (Modificado por el Reglamento (UE) nº 1293/2009 de la Comisión de 23 de diciembre, aplicable a más tardar desde la fecha de inicio de su primer ejercicio financiero posterior al 31 de enero de 2010: NIC 32)
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) nº 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de julio de 2002, relativo a la aplicación de las Normas Internacionales de Contabilidad (1), y, en particular, su artículo 3, apartado 1, Considerando lo siguiente: (1) El Reglamento (CE) nº 1606/2002 dispone que, por lo que respecta a los ejercicios financieros que comiencen el 1 de enero de 2005 o después de esa fecha, las empresas con cotización oficial que se rijan por la legislación de un Estado miembro deberán, si se cumplen determinadas condiciones, elaborar sus cuentas consolidadas con arreglo a las normas internacionales de contabilidad definidas en el artículo 2 del citado Reglamento. (2) Mediante el Reglamento (CE) nº 1725/2003 de la Comisión, de 29 de septiembre de 2003, por el que se adoptan determinadas Normas Internacionales de Contabilidad de conformidad con el Reglamento (CE) nº 1606/ 2002 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), se aprobaron diversas normas e interpretaciones existentes a 14 de septiembre de 2002. La Comisión, una vez examinado el dictamen del Grupo de Expertos Técnicos (TEG) del Grupo Consultivo Europeo en materia de Información Financiera (EFRAG), ha modificado el citado Reglamento a fin de incluir todas las normas presentadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB), así como todas las interpretaciones presentadas por el Comité de Interpretaciones de las Normas Internacionales de Información Financiera (CINIIF) y adoptadas íntegramente en la Comunidad a 15 de octubre de 2008, salvedad hecha de la NIC 39 (relativa al reconocimiento y la valoración de instrumentos financieros), de la que se han omitido pequeñas partes. (3) Las distintas normas internacionales se han adoptado a través de una serie de Reglamentos de modificación. Este procedimiento genera inseguridad jurídica y dificulta la correcta aplicación de las normas internacionales de contabilidad en la Comunidad. Al objeto de simplificar la normativa comunitaria en materia de normas contables, resulta conveniente, por razones de claridad y transparencia, recoger en un único texto las normas actualmente integradas en el Reglamento (CE) nº 1725/2003 y sus actos de modificación. (4) En consecuencia, procede sustituir el Reglamento (CE) nº 1725/2003 por el presente Reglamento. (5) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de reglamentación contable. HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 Quedan adoptadas las normas internacionales de contabilidad, según se definen en el artículo 2 del Reglamento (CE) nº 1606/ 2002, que figuran en el anexo del presente Reglamento. Artículo 2 Queda derogado el Reglamento (CE) nº 1725/2003. Las referencias al Reglamento derogado se entenderán hechas al presente Reglamento. Artículo 3 El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 3 de noviembre de 2008. Por la Comisión Charlie McCREEVY Miembro de la Comisión. NOTAS (1) DO L 243 de 11.9.2002, p. 1. (2) DO L 261 de 13.10.2003, p. 1.
ANEXO NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD NIC 1: Presentación de estados financieros NIC 2: Existencias NIC 7: Estado de flujos de efectivo NIC 8: Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores NIC 10: Hechos posteriores a la fecha del balance NIC 11: Contratos de construcción NIC 12: Impuesto sobre las ganancias NIC 16: Inmovilizado material NIC 17: Arrendamientos NIC 18: Ingresos ordinarios NIC 19: Retribuciones a los Empleados NIC 20: Contabilización de las subvenciones oficiales e información a revelar sobre ayudas públicas NIC 21: Efectos de las variaciones en los tipos de cambio de la moneda extranjera NIC 23: Costes por fondos tomados en préstamos NIC 24: Información a revelar sobre partes vinculadas NIC 26: Contabilización e información financiera sobre planes de prestaciones por retiro NIC 27: Estados financieros consolidados y separados NIC 28: Inversiones en entidades asociadas NIC 29: Información financiera en economías hiperinflacionarias NIC 31: Participaciones en negocios conjuntos NIC 32: Instrumentos financieros: Presentación NIC 33: Ganancias por acción NIC 34: Información financiera intermedia NIC 36: Deterioro del valor de los activos NIC 37: Provisiones, pasivos contingentes y activos contingentes NIC 38: Activos intangibles NIC 39: Instrumentos financieros: reconocimiento y valoración NIC 40: Inversiones inmobiliarias NIC 41: Agricultura NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA NIIF 1: Adopción por primera vez de las normas internacionales de información financiera NIIF 2: Pagos basados en acciones NIIF 3: Combinaciones de negocios NIIF 4: Contratos de seguro NIIF 5: Activos no corrientes mantenidos para la venta y actividades interrumpidas NIIF 6: Exploración y evaluación de recursos minerales NIIF 7: Instrumentos financieros: Información a revelar NIIF 8: Segmentos de explotación INTERPRETACIONES DEL COMITÉ PERMANENTE DE INTERPRETACIÓN CINIIF-1: Cambios en pasivos existentes por desmantelamiento, restauración y similares CINIIF-2: Aportaciones de los socios de entidades cooperativas e instrumentos similares CINIIF-4: Determinación de si un acuerdo contiene un arrendamiento CINIIF-5: Derechos por la participación en fondos para el desmantelamiento, la restauración y la rehabilitación medioambiental CINIIF-6: Obligaciones surgidas de la participación en mercados específicos - Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. CINIIF-7: Aplicación del procedimiento de la reexpresión según la NIC 29 Información financiera en economías hiperinflacionarias CINIIF-8: Alcance de la NIIF 2 CINIIF-9: Nueva evaluación de los derivados implícitos CINIIF-10: Información financiera intermedia y deterioro del valor CINIIF-11: NIIF 2 - Transacciones con acciones propias y del grupo CINIIF-12: Acuerdos de Concesión de Servicios
CINIIF-13: Programas de fidelización de clientes CINIIF-14: NIC 19 - Límite de un activo por prestaciones definidas, obligación de mantener un nivel mínimo de financiación y su interacción CINIIF-15: Acuerdos para la construcción de inmuebles CINIIF 16: Interpretación CINIIF 16 Coberturas de la inversión neta en un negocio en el extranjero CINIIF 17: Distribuciones a los propietarios de activos distintos al efectivo CINIIF 18: Transferencias de activos procedentes de clientes SIC-7: Introducción del euro SIC-10: Ayudas públicas - Sin relación específica con actividades de explotación SIC-12: Consolidación - Entidades con cometido especial SIC-13: Entidades controladas conjuntamente - Aportaciones no monetarias de los partícipes SIC-15: Arrendamientos operativos – Incentivos SIC-21: Impuesto sobre las ganancias - Recuperación de activos no depreciables revaluados SIC-25: Impuesto sobre las ganancias - Cambios en la situación fiscal de la entidad o de sus accionistas SIC-27: Evaluación de la esencia de las transacciones que adoptan la forma legal de un arrendamiento SIC-29: Acuerdos de concesión de servicios: Información a revelar SIC-31: Ingresos ordinarios - Permutas que comprenden servicios de publicidad SIC-32: Activos intangibles - Costes de Sitios Web |