|
PRESTACIONES POST-EMPLEO: PLANES DE PRESTACIONES DEFINIDAS Reconocimiento y valoración Reconocimiento de los componentes del coste por prestaciones definidas en la cuenta de resultados. Resultados 61. Una entidad reconocerá en la cuenta de resultados, el importe total neto de las siguientes cantidades, salvo que otra Norma requiera o permita su inclusión en el coste de un activo: a) el coste de los servicios del ejercicio corriente (véanse los párrafos 63 a 91); b) el coste por intereses (véase el párrafo 82); c) el rendimiento esperado de cualquier activo afecto al plan (véanse los párrafos 105 a 107), así como de cualquier derecho de reembolso (véase el párrafo 104A); d) las pérdidas y ganancias actuariales, según se requiera de acuerdo con la política contable de la entidad (véanse los párrafos 92 a 93D); e) el coste de los servicios pasados (véase el párrafo 96); f) el efecto de cualquier tipo de reducción o liquidación del plan (véanse los párrafos 109 y 110), y g) el efecto del límite contenido en el apartado (b) del párrafo 58, salvo que se haya reconocido fuera de la cuenta de resultados de acuerdo con el párrafo 93C. Párrafo 61 modificado por el Reglamento (CE) nº 1910/2005, de la Comisión, de 8 de noviembre de 2005, redacción anterior: Cuenta de resultados 61. La empresa debe reconocer como gasto o como ingreso (sujeto al límite mencionado en el párrafo 58.b) el importe neto total de las siguientes cantidades, salvo que otra Norma Internacional de Contabilidad permita su inclusión como parte del coste de otro activo: (a) el coste de los servicios del ejercicio corriente (véanse los párrafos 63 a 91); (b) el coste por intereses (véase el párrafo 82); (c) el rendimiento esperado de cualquier activo afecto al plan (véanse los párrafos 105 a 107), así como de cualquier derecho de reembolso (párrafo 104A); (d) las pérdidas y ganancias actuariales, en la medida en que sean objeto de reconocimiento según lo establecido en los párrafos 92 y 93; (e) el coste de los servicios pasados, en la medida que su reconocimiento sea exigido por el párrafo 96; y (f) el efecto de cualquier tipo de reducción o liquidación del plan (véanse los párrafos 109 y 110). 62. Otras Normas Internacionales de Contabilidad exigen la inclusión de ciertos costes derivados de prestaciones definidas para los empleados en el coste de activos tales como existencias o inmovilizado material (véanse la NIC 2, Existencias, y la NIC 16, Inmovilizado Material). Todo coste por prestaciones definidas post-empleo, que se incluya en el precio de adquisición o coste de producción de los activos citados, incluirá la proporción adecuada de los componentes que se han mencionado en la lista del párrafo 61. |