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DEFINICIONES 8. Los siguientes términos se utilizan, en la presente Norma, con el significado que a continuación se especifica: Diferencia de cambio es la que surge al convertir un determinado número de unidades de una moneda a otra moneda, utilizando tipos de cambio diferentes. Un grupo es el conjunto formado por la dominante y todas sus dependientes. Inversión neta en un negocio en el extranjero es el importe que corresponde a la participación de la entidad que presenta sus estados financieros, en los activos netos del citado negocio. Moneda extranjera (o divisa) es cualquier moneda distinta de la moneda funcional de la entidad. Moneda funcional es la moneda del entorno económico principal en el que opera la entidad. (*) Véase también la SIC-7 Introducción del euro. Moneda de presentación es la moneda en que se presentan los estados financieros. Negocio en el extranjero es toda entidad dependiente, asociada, negocio conjunto o sucursal de la entidad que informa, cuyas actividades están basadas o se llevan a cabo en un país o moneda distintos a los de la entidad que informa. Partidas monetarias son unidades monetarias mantenidas en efectivo, así como activos y pasivos que se van a recibir o pagar, mediante una cantidad fija o determinable de unidades monetarias. Tipo de cambio es la relación de cambio entre dos monedas. Tipo de cambio de cierre es el tipo de cambio de contado existente en la fecha del balance. Tipo de cambio de contado es el tipo de cambio utilizado en las transacciones con entrega inmediata. Valor razonable es el importe por el cual puede ser intercambiado un activo, o cancelado un pasivo, entre partes interesadas y debidamente informadas, en una transacción realizada en condiciones de independencia mutua. |