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COSTES POR INTERESES - TRATAMIENTO ALTERNATIVO PERMITIDO Reconocimiento Suspensión de la capitalización 23. La capitalización de los costes por intereses debe ser suspendida durante los ejercicios en los que se interrumpe el desarrollo de actividades, si éstos se extienden de manera significativa en el tiempo. 24. También pueden producirse costes por intereses durante los ejercicios en los que están interrumpidas las actividades necesarias para preparar el activo para su uso deseado o para su venta. Tales costes de mantenimiento de activos parcialmente terminados, no cumplen las condiciones para su capitalización. Sin embargo, la capitalización no debe suspenderse si durante ese periodo se están llevando a cabo actuaciones técnicas o administrativas importantes. Tampoco se suspenderá la capitalización por causa de un retraso temporal necesario como parte del proceso de obtención de un activo disponible para su uso o para su venta. Por ejemplo, la capitalización continua durante el dilatado periodo necesario para la maduración de las existencias, o durante el intervalo de tiempo en el que el elevado nivel de las aguas retrase la construcción de un puente, siempre que tal nivel elevado sea normal en esa región geográfica, durante el periodo de construcción. |