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DISPOSICIÓN TRANSITORIA 30. Cuando la adopción de esta Norma constituya un cambio en las políticas contables seguidas, se aconseja a la entidad que ajuste sus estados financieros de acuerdo con la NIC 8 Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores. Alternativamente, las entidades capitalizarán sólo los costes por intereses, incurridos después de la fecha de vigencia de la Norma, que cumplan las condiciones para ser capitalizados. |