DEFINICIONES

Formas de negocios conjuntos

7. Los negocios conjuntos pueden tener diferentes formas y estructuras. En esta Norma se identifican tres grandes tipos — explotaciones controladas de forma conjunta, activos controlados de forma conjunta y entidades controladas de forma conjunta —, todos ellos cumplen la definición y se describen habitualmente como negocios conjuntos. Las siguientes son características comunes a todos los negocios conjuntos:

(a) tienen dos o más partícipes ligados por un acuerdo contractual; y

(b) el acuerdo contractual establece la existencia de control conjunto.