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APÉNDICE B La modificación contenida en este Apéndice deberá ser aplicada cuando la entidad aplique la NIC 16 Inmovilizado material (revisada en 2003). Quedará derogada cuando entre en vigor la NIC 36 Deterioro del valor de los activos (revisada en 2004). Este Apéndice reemplaza las modificaciones efectuadas por la NIC 16 (revisada en 2003) a la NIC 36 Deterioro del Valor de los Activos (revisada en 1998). La NIC 36 (revisada en 2004) incorpora ya los requerimientos contenidos en los párrafos de este apéndice. En consecuencia, las modificaciones de la NIC 16 (revisada en 2003) no son necesarias una vez que la entidad esté sujeta a la NIC 36 (revisada en 2004). De acuerdo con ello, este Apéndice es aplicable solo a las entidades que elijan aplicar anticipadamente la NIC 16 (revisada en 2003, es decir,) antes de su entrada en vigor. B1. Se modifica la NIC 16 Inmovilizado Material de la forma descrita a continuación. En el Apéndice, el párrafo A4 se modifica como sigue: A4. Se modifica la NIC 36 Deterioro del valor de los activos (emitida en 1998), que ahora queda como sigue. Se modifican, dentro de la Norma, los párrafos 4, 9, 34 37, 38, 41, 42, 59, 96 y 104, que ahora quedan como sigue: 4. Esta Norma es aplicable a los activos que se contabilicen según su valor revalorizado (valor razonable) siguiendo otras Normas Internacionales de Contabilidad, como por ejemplo el modelo de revalorización de la NIC 16, Inmovilizado material. No obstante, la determinación de si un activo previamente revalorizado puede haberse deteriorado dependerá de los criterios utilizados para determinar el valor razonable: … 9. Al evaluar si existe algún indicio de que el activo puede haber visto deteriorado su valor, la entidad deberá considerar, como mínimo, las siguientes circunstancias: … Fuentes internas de información (f) Cambios significativos con un efecto desfavorable para la entidad, que tengan lugar durante el ejercicio o se espere que ocurran en un futuro inmediato, en la forma o manera en que se usa o se espera usar el activo. Estos cambios incluirán situaciones tales como que el activo deje de ser utilizado, la existencia de planes de interrupción o reestructuración de la explotación a la que pertenece el activo, o que se haya decidido la enajenación o disposición por otra vía del mismo antes de la fecha prevista; y … 34. Las proyecciones de las salidas de efectivo incluyen aquéllas relacionadas con el mantenimiento diario del activo, así como los futuros gastos generales que puedan ser atribuidos de forma directa, o distribuidos sobre unas bases razonables y uniformes, a la utilización del activo. 37. Los flujos de efectivo futuros se estimarán, para el activo, teniendo en cuenta su estado actual. Dichas estimaciones no incluirán pagos o cobros futuros que puedan tener su origen en: … (b) costes futuros para aumentar el activo o sustituir una parte del mismo, o bien para mantenimiento de estas partidas. 38. Puesto que los flujos de efectivo futuros se estiman para el activo en su estado actual, el valor de uso no reflejará: … (b) costes futuros para aumentar el activo o sustituir una parte del mismo, o bien para mantenimiento de estas partidas, ni tampoco los beneficios futuros que se relacionen con los citados costes futuros. 41. Las estimaciones de los flujos de efectivo futuros no incluirán las estimaciones de pagos futuros derivadas de los costes de aumentar o sustituir una parte del activo, o bien de mantenimiento de estas partidas, hasta que la entidad haya incurrido en tales costes (véase el Ejemplo 6 del Apéndice A). 42. Las estimaciones de los flujos futuros de efectivo incluirán las salidas de efectivo futuras necesarias para mantener el nivel de beneficios económicos que se espere surjan del activo en su estado actual. Cuando una unidad generadora de efectivo esté integrada por activos con diferentes vidas útiles estimadas, siendo todos ellos esenciales para el funcionamiento operativo de la unidad, el reemplazo de activos con vidas útiles más cortas se considerará como parte del mantenimiento diario de la unidad, al estimar los flujos de efectivo futuros asociados con la misma. De forma similar, cuando un activo individualmente considerado esté integrado por componentes con diferentes vidas útiles estimadas, la reposición de los componentes con vidas útiles más cortas se considera como parte del mantenimiento diario del activo, cuando se estimen los flujos de efectivo futuros que el mismo genere. 59. La pérdida por deterioro se reconocerá inmediatamente como un gasto en la cuenta de resultados, a menos que el activo en cuestión se contabilice por su valor revalorizado, aplicando otra Norma (por ejemplo en virtud del modelo de revalorización de la NIC 16, Inmovilizado Material). Las pérdidas por deterioro del valor de los activos revalorizados, se tratarán como una disminución de la revalorización practicada en aplicación de la Norma correspondiente. 96. Al evaluar si existen indicios de que la pérdida por deterioro del valor reconocida en ejercicios anteriores para un activo ya no existe o ha disminuido en su cuantía, la entidad considerará, como mínimo, si se dan algunas de las siguientes indicaciones: … Fuentes internas de información (d) Cambios significativos con un efecto desfavorable para la entidad, que tengan lugar durante el ejercicio o se espere que ocurran en un futuro inmediato, en la forma o manera en que se usa o se espera usar el activo. Estos cambios incluirán situaciones tales como que el activo deje de ser utilizado, o planes de interrupción o reestructuración de la explotación a la que pertenece el activo, o que se haya decidido la enajenación o disposición por otra vía del mismo antes de la fecha prevista; y … 104. La reversión de una pérdida por deterioro del valor de un activo se reconocerá como un ingreso inmediato en la cuenta de resultados, a menos que dicho activo se contabilice por su valor revalorizado, siguiendo otra Norma (por ejemplo, de acuerdo con el modelo de la revalorización de la NIC 16 Inmovilizado Material). Cualquier reversión de la pérdida por deterioro del valor de un activo previamente revalorizado se tratará como un aumento de la revalorización practicada en aplicación de la Norma correspondiente.
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