NORMA INTERNACIONAL DE INFORMACIÓN FINANCIERA 5 (NIIF 5) Activos no corrientes mantenidos para la venta y actividades interrumpidas (Modificados los párrafos 3, 28 y 38, así como el apéndice A, y añadidos el 33A y 44A, por el Reglamento (CE) nº 1274/2008 de la Comisión de 17 de diciembre, vigente desde el 21 de diciembre de 2008) (Introducidos los párrafos 5, 8A, 36A y 44C por el Reglamento (CE) nº 70/2009, de la Comisión de 23 de enero, vigente desde el 27 de enero de 2009) (Modificado el párrafo 33 y añadido el 44B por el Reglamento (CE) nº 494/2009 aplicable a en los ejercicios que comiencen a partir del 1 de julio de 2009) (Modificado el párrafo 8 y añadidos los párrafos 5A,12A, 15ª,44D por el Reglamento (CE) nº 1142/2009 de 26 de noviembre, aplicable a más tardar desde la fecha de inicio de su primer ejercicio posterior al 31 de octubre de 2009) |
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Según el Reglamento (CE) nº 1274/2008 de la Comisión de 17 de diciembre, vigente desde el 21 de diciembre de 2008, en la presente norma se han de sustituir los siguientes términos: - Donde dice «en el cuerpo de» se entenderá «en». - Donde dice «cuenta de resultados» se entenderá «estado del resultado global». - Donde dice «balance» se entenderá «estado de situación financiera». - Donde dice «estado de flujo de efectivo» se entenderá «estado de flujos de efectivo». - Donde dice «fecha de balance» se entenderá «final del ejercicio sobre el que se informa». - Donde dice «fecha de balance posterior» se entenderá «final del ejercicio posterior sobre el que se informe». - Donde dice «en cada fecha de balance» se entenderá «al final de cada ejercicio sobre el que se informa». - Donde dice «después de la fecha de balance» se entenderá «después del ejercicio sobre el que se informa». - Donde dice «fecha de presentación» se entenderá «final del ejercicio sobre el que se informa». - Donde dice «cada fecha de presentación» se entenderá «al final de cada ejercicio sobre el que se informa». - Donde dice «la última fecha de presentación anual» se entenderá «la finalización del último ejercicio anual sobre el que se informa». - Donde dice «tenedores de instrumentos ordinarios de patrimonio neto» se entenderá «propietarios». - Donde dice «eliminado del patrimonio y reconocido en el resultado» y «eliminado del patrimonio e incluido en resultados» se entenderá «reclasificado de patrimonio a resultados como un ajuste por reclasificación». - Donde dice «Norma o Interpretación» se entenderá «NIIF». - Donde dice «una Norma o una Interpretación» se entenderá «una NIIF». - Donde dice «Normas o Interpretaciones» se entenderá «las NIIF». |
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| OBJETIVO | ||||
| ALCANCE | ||||
| CLASIFICACIÓN DE ACTIVOS NO CORRIENTES (O GRUPOS ENAJENABLES DE ELEMENTOS) COMO MANTENIDOS PARA LA VENTA O COMO MANTENIDOS PARA DISTRIBUIR A LOS PROPIETARIOS | ||||
| VALORACIÓN DE ACTIVOS NO CORRIENTES (O GRUPOS ENAJENABLES DE ELEMENTOS) CLASIFICADOS COMO MANTENIDOS PARA LA VENTA | ||||
| APÉNDICE A | ||||
| APÉNDICE B | ||||