CALENDARIO DEL EURO 1.999


1- Enero- 1999: - Comienzo de la tercera fase de la UEM.
- Instauración del euro como moneda nacional de los paises que participan en la tercera fase de laUEM.
- Comienzo del periodo transitorio de tres años (hasta 1.1.2002) Finalizado dicho periodo circularán monedas y billetes en euros.
- El euro sustituye legalmente a la peseta como moneda nacional.
- Se fija el tipo de conversión irrevocable entre la peseta y el euro. El tipo se construye con seis cifras significativas. (1 euro= 166,386 pts).
- Además, el ECU desaparece y es sustituido por el EURO (al tipo de conversión 1 ECU x 1 EURO).
- Entra en vigor un nuevo mecanismo de tipos de cambios (MTC2) que vinculará por un lado a los "euro" –países de la UE con aquellos países de la UE que no han adoptado el euro. Funcionamiento analogo al actual mecanismo de cambios e intervención del SME. Bandas de fluctuación respecto al tipo central de +/- 15%.

4 - Enero-1999: (Lunes)

- Primer día laborable en la tercera fase de la UEM.
- El EURO comienza a utilizarse de forma escritural (no existen todavia monedas y billetes). Puede utilizarse en transacciones, transferencias, anotaciones, en actos jurídicos, etc.
- Su utilización es voluntaria (aplicando el principio de
"no obligación – no prohibición").
- Comienzo real de transacciones en euros en los mercados de capitales.
- La Deuda Pública comienza a emitirse en euros.
- La Deuda Pública viva (emitida antes del 1.1.1999) se redenominará en euros.

Desde el 4-Enero-1.999:

- El MIBOR sigue siendo calculado y publicado.
- El sector financiero (al principio en operaciones mayoristas) operarán en euros.
- Banco de España. Todas las cuentas de las AA.PP. en el Banco de España se denominarán euros.
- Cualquier acto jurídico puede ser denominado en euros con acuerdo de las partes que lo integran (contratos privados, hipotecas, préstamos, etc.).
- Opciones para EMPRESAS.
  • Podrán crearse nuevas sociedades en euros.
  • Aquellas sociedades ya existentes que lo deseen podrán convertirse su capital social en euros.
  • Contabilidad. Las sociedades podrán llevar y presentar sus cuentas en euros Formulación y depósitos de cuentas en euros.
  • Pago de impuestos.  Además de pesetas las deudas tributarias se pueden pagar en euros.
  • Declaraciones de impuestos.
    Podrán representarse declaraciones en euros para el Impuesto de Sociedades y el IVA (aquellas sociedades que lleven su contabilidad en euros)
  • Información en euros en Organismos de Supervisión.
  • Mercados organizados (Bolsas de Valores, MEFF, etc.). Podrán contratar en euros.

Junio - Diciembre - Opciones para PERSONAS FÍSICAS.
  • Pagos (no metálico) en euros.
  • Cobros (no metálico) en euros.
  • Operaciones con bancos, bolsas de valores, etc. (euros).
- Consejo Europeo ocupando la presidencia Alemania.

- Consejo Europeo ocupando la presidencia Finlandia.