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1- Enero- 1999: |
- Comienzo de la tercera fase de la UEM.
- Instauración del euro como moneda nacional de los paises que participan en la
tercera fase de laUEM.
- Comienzo del periodo transitorio de tres años (hasta 1.1.2002) Finalizado dicho
periodo circularán monedas y billetes en euros.
- El euro sustituye legalmente a la peseta como moneda nacional.
- Se fija el tipo de conversión irrevocable entre la peseta y el euro.
El tipo se construye con seis cifras significativas. (1 euro= 166,386 pts).
- Además, el ECU desaparece y es sustituido por el EURO (al tipo de
conversión 1 ECU x 1 EURO).
- Entra en vigor un nuevo mecanismo de tipos de cambios (MTC2) que vinculará por
un lado a los "euro" países de la UE con aquellos países de la UE que no
han adoptado el euro. Funcionamiento analogo al actual mecanismo de cambios e
intervención del SME. Bandas de fluctuación respecto al tipo central de +/- 15%. |
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4 - Enero-1999:
(Lunes) |
- Primer día laborable en la tercera fase de la UEM.
- El EURO comienza a utilizarse de forma escritural (no existen todavia monedas y
billetes). Puede utilizarse en transacciones, transferencias, anotaciones, en actos
jurídicos, etc.
- Su utilización es voluntaria (aplicando el principio de "no obligación
no prohibición").
- Comienzo real de transacciones en euros en los
mercados de capitales.
- La Deuda Pública comienza a emitirse en euros.
- La Deuda Pública viva (emitida antes del 1.1.1999) se redenominará en euros.
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Desde
el 4-Enero-1.999: |
- El MIBOR sigue siendo calculado y publicado.
- El sector financiero (al principio en operaciones mayoristas) operarán en euros.
- Banco de España. Todas las cuentas de las AA.PP. en el Banco de España se
denominarán euros.
- Cualquier acto jurídico puede ser denominado en euros con acuerdo de las
partes que lo integran (contratos privados, hipotecas, préstamos, etc.).
- Opciones para EMPRESAS.
- Podrán crearse nuevas sociedades en euros.
- Aquellas sociedades ya existentes que lo deseen podrán convertirse su capital social en
euros.
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Contabilidad. Las sociedades podrán llevar y presentar sus cuentas en euros
Formulación y depósitos de cuentas en euros.
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Pago de impuestos. Además de pesetas las deudas tributarias se pueden pagar
en euros.
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Declaraciones de impuestos.
Podrán representarse declaraciones en euros para el Impuesto de Sociedades y el IVA
(aquellas sociedades que lleven su contabilidad en euros) -
Información en euros en Organismos de Supervisión.
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Mercados organizados (Bolsas de Valores, MEFF, etc.). Podrán contratar en euros.
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Junio -
Diciembre |
- Opciones para PERSONAS FÍSICAS.
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Pagos (no metálico) en euros.
- Cobros (no metálico) en euros.
- Operaciones con bancos, bolsas de valores, etc. (euros).
- Consejo Europeo ocupando la presidencia Alemania.
- Consejo Europeo ocupando la presidencia Finlandia.
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