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PLAN
DE INTRODUCCIÓN DEL EURO |
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El 16 de octubre de 1997 y por Decreto 206/1997, se creó la Comisión
Autonómica para la introducción del euro en la Comunidad de Castilla y
León.
Esta Comisión surgió para dar respuesta a la necesidad de la
Administración regional de impulsar la adecuación interior de sus
estructuras con la finalidad de adaptarse a la nueva moneda, así como
para ejercer de catalizador de dicho proceso para otros agentes sociales.
Existe, por tanto, una dimensión interna y otra externa cuyo análisis y
estudio debe realizarse simultáneamente en aras de encontrar una
operatoria de adaptación y asimilación válida, posible y efectiva.
La Comisión Autonómica para la introducción del euro en la
Comunidad de Castilla y León se reunió por primera vez el 22 de
diciembre de 1.997. En dicha reunión, además de la constitución de
dicha Comisión, se trataron otros temas relacionados con la adaptación
al euro, llegándose a la conclusión de que en el plan de trabajo de la
Comisión habrá tres componentes fundamentales: primera, una labor a
nivel de cada Consejería y Entidad Institucional, detectando impactos y
proponiendo soluciones; segunda, una labor de coordinación de la Comisión
que deberá adoptar resoluciones para resolver los problemas que se puedan
plantear y, en tercer lugar, una labor de impulso de las acciones que
faciliten la adaptación al euro del conjunto de los ciudadanos de
Castilla y León.
La labor de la Comisión finalizará cuando se haya procedido a la
completa introducción del euro, momento en el que dicha Comisión quedará
disuelta.
La Administración Central elaboró el Plan Nacional para la
transición al Euro, que fue aprobado por el Consejo de Ministros en el
mes de diciembre de 1997, y constituye un paso fundamental para la
correcta adaptación al Euro de toda la Sociedad. En él se establece el
esquema de transición al euro de la totalidad de los agentes sociales:
ciudadanos, empresas, sistema financiero, etc.
Por nuestra parte, no debíamos ni podíamos olvidar la
responsabilidad que como Administración Territorial habíamos adquirido
con los ciudadanos de Castilla y León en todos aquellos ámbitos de
actuación cuyas competencias ostenta nuestra Administración, siendo la
elaboración de un Plan de adaptación al Euro de la Administración
regional un deber ineludible.
Este Plan fue elaborado por la Comisión Autonómica para la
introducción del euro en la Comunidad de Castilla y León y aprobado por
la misma en su reunión de 20 de mayo de 1.998, siendo debatido y aprobado
por la Junta de Castilla y León en su reunión de 11 de junio de 1.998.
Este Plan está coordinado con las actuaciones llevadas a cabo por
la Administración Central, y se puede calificar, sin ningún tipo de
duda, como un Plan abierto, que puede ser completado o modificado en tanto
que se produzcan acontecimientos que reclamen nuevas medidas, como pueden
ser directrices emanadas de la Unión Europea, aprobación de normativa
estatal o determinadas novedades que los ciudadanos puedan requerir. II.
METODOLOGÍA Y PLAN DE TRABAJO.
El método y plan de trabajo establecido fue el siguiente: 1.
Informe de impactos. a)
Elaboración de un informe de los impactos que la introducción del
euro va a tener en la Administración regional: ·
Este
informe se ha elaborado en el ámbito de cada Consejería y de cada
Entidad Institucional. ·
En
el caso de que puedan estar afectadas Entidades Institucionales no
representadas en la Comisión, los impactos en la misma se recogen en los
informes de la Consejería a las que están adscritas. b)
A partir de estos informes individuales de impactos, se han
elaborado los planes de cada Consejería y de cada Entidad Institucional,
así como el Plan General para la introducción del euro en la
Administración regional.
Estos planes recogen las actuaciones a desarrollar, los criterios a
seguir y los calendarios de realización de cada una de las actuaciones. 2.
Creación de Grupos de Trabajo. Se
han creado los siguientes Grupos de Trabajo:
a). De Informática: Compuesto por: ·
Director
General de Telecomunicaciones y Transportes, o persona que designe. ·
Jefes
de Servicio de Informática de cada una de las Consejerías. ·
Jefes
de la Unidades de Informática o similares, de la Gerencia de Servicios
Sociales y de la Agencia de Desarrollo Económico de Castilla y León.
b). Cobros y pagos: Compuesto por: ·
Ilmo.
Sr. Tesorero General, o persona que designe. ·
Tesoreros
de las Entidades Institucionales. ·
Jefes
de Servicio de Asuntos Económicos de las Consejerías. ·
Ilmo.
Sr. Interventor General, o persona que designe. ·
Ilmo.
Sr. Director General de Tributos y Política Financiera, o persona que
designe.
c). Asuntos Jurídicos y Normativa: Compuesto por: ·
Jefe
de la Asesoría Jurídica General, o persona que designe. ·
Jefes
de las Asesorías Jurídicas de las Consejerías. ·
Letrados
Jefes o similares de las Asesorías Jurídicas de la Gerencia de Servicios
Sociales y de la Agencia de Desarrollo Económico de Castilla y León. ·
Jefes
de las Unidades de Normativa, Procedimiento y Organización de las
Consejerías y de la Gerencia de Servicios Sociales. ·
Coordinador
de Servicios Tributarios de la Dirección General de Tributos y Política
Financiera.
d). Contabilidad, Presupuestos y Estadísticas: Compuesto por: ·
Ilmo.
Sr. Interventor General, o persona que designe. ·
Ilmo.
Sr. Director General de Presupuestos y Programación, o persona que
designe. ·
Ilmo.
Sr. Director General de Tributos y Política Financiera, o persona que
designe. ·
Jefes
de Servicio de Asuntos Económicos de las Consejerías y de la Gerencia de
Servicios Sociales. ·
Jefe
de Unidad de Presupuestos y Contabilidad de la Agencia de Desarrollo Económico
de Castilla y León. 3.
Plan de formación interno.
En los respectivos Informes de impactos, las Consejerías y
Entidades Institucionales han puesto de manifiesto la necesaria formación
que, al menos en un nivel básico, debe tener el personal adscrito a las
mismas.
De esta manera, se han definido unas actividades de formación del
personal al servicio de la Administración regional, con el fin de lograr
una correcta formación del funcionario y personal laboral. 4.
Actuaciones divulgativas con el exterior.
Evidentemente, la implantación del euro acarrea una serie de
consecuencias para todos los sectores de la sociedad. Por muy pequeño que
sea un impacto, para la persona o entidad que lo padece puede ser muy
importante, por lo que no sería justo no tener en cuenta estos sectores.
Estaríamos hablando de la totalidad de la ciudadanos, de los sectores
empresariales, de los contratistas de la Administración, de los
consumidores, de diversos profesionales, de las Corporaciones Locales, de
comerciantes, etcétera.
Para hacer efectiva la coordinación que se debe tener con la
Administración del Estado consideramos innecesario tratar aquellas
materias de carácter general que ya han sido analizadas y plasmadas por
el Estado en el Plan Nacional, intentando, desde nuestra perspectiva, que
el contenido del Plan del Euro de Castilla y León trate sobre todo las
materias con incidencia propia en nuestra Administración. III.
PLANES DE ACTUACIÓN.
Las materias de carácter general que hay que tener en cuenta a la
hora de abordar unos planes de actuación a nivel interno de la
Administración regional, son las siguientes: 1.
Adaptación de la normativa.
Para la correcta introducción del euro a nivel interno de la
propia Administración lo primero que hay que tener en cuenta es lo
relativo a la normativa y los asuntos jurídicos de la Comunidad. En este
campo es fundamental el papel que va a desempeñar el Grupo de Trabajo de
Asuntos Jurídicos y Normativa, pues en base a sus análisis se tomarán
las pertinentes decisiones en esta materia, dando igualmente respuesta a
cualquier vicisitud de tipo normativo o jurídico, ya sea de carácter
general o particular, que pudiera surgir (redondeos, incidencias
particulares de las Consejerías...) y que puedan afectar al correcto
funcionamiento de la Administración regional.
Una de las principales tareas que va a tener que acometer la
Administración, derivada de la introducción del euro, es adaptar la
normativa a la nueva moneda. Para ello se realizará por el Grupo de
Trabajo de Asuntos Jurídicos y Normativa un exhaustivo listado de toda la
normativa de la Comunidad Autónoma que se va a ver afectada, en mayor o
menor medida, por la introducción del euro. Esta
adaptación normativa, tendrá una doble actuación: ·
Se
modificarán los importes expresados en pesetas para expresarlos en euros,
y se modificará la moneda de referencia en otros casos. ·
Se
modificará la regulación de determinadas materias, en los casos en que
sea conveniente.
La Administración del Estado para dar cobertura formal a la
introducción del euro, ha optado por redactar una “Ley paraguas” que
evite inseguridad jurídica y permita el desarrollo posterior de
modificaciones legales en determinados campos del ordenamiento que
presentan particularidades.
El conocimiento íntegro de esta “Ley” permitirá determinar el
contenido de las normas que se hayan de adaptar en la Comunidad Autónoma. 2.
Presupuestos y Contabilidad.
El hito esencial de adaptación para la Administración regional
vendrá determinado por la elaboración del Presupuesto en euros. La
adopción de esta decisión debe estar coordinada con el resto de
Administraciones Públicas. Así, el Plan Nacional de Transición al Euro
prevé que el primer presupuesto del Estado que se va a aprobar en euros
será el correspondiente al año 2.002.
Por lo tanto, la Junta de Castilla y León asume como objetivo que
el presupuesto del año 2.002 estará elaborado en euros, sin perjuicio de
que la Administración regional se encuentre en condiciones de adelantar
esta fecha en el caso de que sea necesario una adaptación más rápida.
Consecuencia de lo anterior es que la Contabilidad Pública de la
Administración de Castilla y León se comenzará a llevar en euros a
partir del ejercicio 2.002.
De la misma forma, el 1 de enero del 2.002 deberá estar adaptada
al euro la contabilidad del resto de Entes Institucionales y las Empresas
Públicas.
Sin perjuicio de lo anterior y con la finalidad de facilitar la
comprensión de la nueva moneda se ofrecerán en euros datos públicos del
Presupuesto de la Comunidad y de su ejecución desde enero de 1.999.
En cuanto a nuestra Administración, la Comisión Autonómica
asesorada por el Grupo de Trabajo de Contabilidad, Presupuestos y Estadística,
velará por el buen funcionamiento de todos los temas relacionados con
este área y dará cumplida respuesta a todos los problemas e incidencias
que puedan surgir antes y después de la puesta en marcha de la nueva
contabilidad en euros. 3.
Cobros y pagos.
El día 1 de enero de 1.999, el Banco de España cambiará a euros
las cuentas de tesorería de las entidades de crédito que sirven para
instrumentar la política monetaria y liquidar los sistemas de pagos de la
nación. Estas cuentas estarán plenamente operativas en euros el 4 de
enero, primer día laborable del año 1.999.
Por otra parte, el Banco de España presta servicio de caja a la
Comunidad de Castilla y León, al igual que al propio Tesoro español y a
otros Entes Públicos, para lo cual las distintas Administraciones Públicas
tienen cuentas abiertas en el Banco de España.
En los primeros días de enero de 1.999 se procederá a cambiar a
euros las cuentas que la Junta de Castilla y León tiene abiertas en el
Banco de España.
Esta acción supondrá el punto de partida de la adaptación, dado
que el grueso de la actividad presupuestaria, como se ha señalado
anteriormente, se mantendrá en pesetas hasta el año 2.002.
Durante la fase transitoria, las obligaciones derivadas de los
instrumentos jurídicos deberán cumplirse en la moneda inicialmente
pactada, sin perjuicio de que, en este caso, el administrado puede elegir
la moneda para la realización del pago, con independencia de la moneda
que el emisor o el receptor de la factura utilice para su contabilidad. La
conversión de estas operaciones se realizará por las Entidades
Financieras, por lo cual las cuentas abiertas por la Tesorería General en
el resto de las Entidades de Crédito no se adaptarán al euro hasta que
se inicie la actividad presupuestaria en euros.
Además, en relación con las cuentas tesoreras retribuidas a un
tipo MIBOR, es necesario buscar otra referencia más real, para lo cuál
se renegociarán las cuentas con las Entidades Financieras en lo relativo
al tipo de interés.
Se creará una cuenta de ajustes de tesorería para solucionar los
posibles descuadres que se puedan producir en las conversiones
peseta-euro-peseta.
La Tesorería, para favorecer la adaptación de los administrados
al euro, puede dar las órdenes de pago en las dos monedas, y también,
enviará en ambas monedas las comunicaciones de cobros y pagos con
particulares a partir de 1.999. También facilitará la comprensión del
euro, publicando las comunicaciones económicas de su competencia en ambas
monedas a partir del 1 de enero de 1.999.
El Grupo de Trabajo de Cobros y pagos realizará las tareas
estudio, análisis y propuestas de resolución en la materia de cobros y
pagos. 4.
Endeudamiento público.
El endeudamiento de la Comunidad Autónoma podemos dividirlo en:
emisiones de deuda y préstamos, tanto a largo plazo como a corto plazo,
ya sean en moneda nacional o en divisas.
Las emisiones de deuda de la Comunidad de Castilla y León están
formalizadas en anotaciones en cuenta e incluidas en la Central de
Anotaciones en Cuenta del Banco de España.
La Administración Central ha decidido que las emisiones de deuda
que se realicen a partir del 1 de enero de 1.999, se hagan en euros y,
asimismo, redenominará a euros el saldo vivo de las emisiones a 31 de
diciembre de 1.998.
Con el fin de lograr el objetivo de conseguir en España un mercado
de capitales profundo, la Comunidad Autónoma de Castilla y León adoptará
una decisión similar en relación con su propia Deuda, siguiendo el método
de redenominación previsto por la Administración del Estado.
En cuanto a los préstamos o créditos tanto en divisas como en
moneda nacional, se plantea el problema que puede venir derivado de los
tipos de interés establecidos en los respectivos contratos.
Así, tanto para la fase transitoria como para la definitiva, se
hace necesario revisar los tipos de interés establecidos en los
contratos, pues el MIBOR que figura en los mismos puede perder
representatividad a partir del 1 de enero de 1.999, debiendo proceder a
negociar este tema con las Entidades Financieras.
En relación a los pagos por intereses y amortizaciones, se adaptará
el procedimiento vigente para así poder realizar los pagos de la deuda en
euros. Las cuentas a través de las cuales se realizan los pagos relativos
a las emisiones de deuda pública, se denominarán en euros desde el 1 de
enero de 1.999. 5.
Tributos.
En materia tributaria, debemos distinguir lo relativo a los
tributos cedidos de lo relativo a los tributos propios.
En cuanto a la normativa estatal reguladora de los tributos cedidos
por el Estado y gestionados por la Administración de la Comunidad, la
Administración Central prevé que hasta el año 2.002 no se podrán
presentar las declaraciones en euros, sin perjuicio de la posibilidad de
que los contribuyentes realicen el pago de sus obligaciones en euros desde
el 1 de enero de 1.999. Por otra parte, la Junta de Castilla y León
colaborará con la Administración Central para que la adaptación al euro
de los tributos cedidos no suponga mayores costes de gestión al
contribuyente.
En relación a los tributos propios, las declaraciones se podrán
presentar en euros a partir del 1 de enero del 2.002, aunque el pago se
puede realizar en euros desde el 1 de enero de 1.999.
En relación a la normativa sobre los tributos propios de la
Comunidad, en la actualidad se está elaborando un borrador de proyecto de
Ley para la reordenación de las tasas y precios públicos. En el borrador
se realizará la adaptación de tarifas.
Especial importancia tiene el concepto “operaciones
societarias” del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos
Documentados, ya que en lo referente a la constitución de sociedades la
base imponible puede estar expresada en euros a partir del 1-1-1.999 y,
dado que se aplica un tipo de gravamen porcentual, las consecuencias serán
que tanto la base imponible como la cuota se determinarán en euros y en
esta moneda deberían mantenerse tales cantidades.
Es previsible, también, que se presenten documentos notariales
(Actos Jurídicos Documentados) de redenominación del capital social. A
este respecto se prevé que la Administración del Estado establezca
exenciones mediante la promulgación de la correspondiente normativa.
Se adaptará no sólo el convenio con los Registradores de la
Propiedad de los Distritos Hipotecarios para que gestionen los Impuestos
sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre
Sucesiones y Donaciones, sino también los convenios suscritos sobre
prestación de servicios de caja a las oficinas de gestión tributaria
(Servicios Territoriales de Economía y Hacienda y Oficinas Liquidadoras
de Distrito Hipotecario). Para ello se modificarán estos convenios para
incluir la posibilidad de cobro en euros por los contribuyentes que elijan
esta opción y respecto de las cuantías establecidas o parámetros
cuantificados expresados en pesetas. Se
adaptarán los siguientes documentos: ·
Los
impresos que utilizan los administrados en sus relaciones con la Hacienda
de la Comunidad Autónoma, tales como los modelos establecidos que se
utilizan en la gestión tributaria, tanto para la realización por sujetos
pasivos de declaraciones y autoliquidaciones e ingresos tributarios, como
para practicar la Administración los trámites y actos administrativos
precisos en el desarrollo de la gestión tributaria. En el caso de los
modelos establecidos para practicar declaraciones y autoliquidaciones e
ingresos tributarios, para 1.999 se introducirá una casilla para
consignar el importe de la cantidad a ingresar en euros, dado que los
contribuyentes podrán optar por esta posibilidad y, además, de esta
forma se facilitará la comprensión del euro para los ciudadanos. ·
También
se adaptarán los efectos timbrados con valores faciales. Actualmente la
Comunidad no tiene vigentes efectos timbrados como medio de pago de
tributos. Los “cartones del bingo” incluirán su valor nominal en
euros desde el 1 de enero de 1.999. 6.
Informática.
Otro apartado a tener en cuenta es el de la informática en donde
la llegada del Euro originará la adaptación de los sistemas en los
siguientes aspectos: ¨
Incluir
decimales. ¨
Habilitar
la conversión de los valores actualmente existentes, para lo que se
requiere la utilización de conversores. ¨
Implantar
las funciones que posibiliten los redondeos, con especial atención en las
pérdidas de reversibilidad, neutralidad y homogeneidad. ¨
Adaptar
las bases de datos almacenadoras de las cifras que son objeto de la
manipulación posterior por parte de las aplicaciones, donde hay que
convertir campos de importe a euros (dos decimales), recoger la moneda de
origen de entrada e incluir el tipo de conversión. ¨
Definir
y acometer el tratamiento de históricos que exige preparar programas,
pero conscientes del problema de la pérdida de homogeneidad. ¨
Modificar
los formatos de las pantallas al considerar campos de importe con dos
decimales y modificar los literales de nombre de moneda (Pta.®euro). ¨
Adaptar
los listados e informes, previa adopción de las siguientes decisiones, la
existencia de una o dos versiones para los listados (ptas./Euros), elegir
las unidades para grandes cifras seleccionar el símbolo “.” ó
“,” como separador de la parte entera y decimal, y como separador de
miles. ¨
Modificar
el formato de ficheros y mensajes entre aplicaciones en la línea de lo
indicado en la base de datos . ¨
Emplear
los algoritmos de redondeo en los lugares apropiados. Es necesario conocer
si se aplicarán sobre los sumandos o sobre el resultado.
La Junta de Castilla y León pretende adaptar los medios informáticos
para la inclusión del euro con el fin de que las distintas actividades
operativas cumplan los plazos previstos en este Plan.
El plan de acción sobre informática consta de los siguientes
proyectos: -
Proyecto
de conversión euro/año 2.000 de Gestión de Personal y Contabilidad. -
Proyecto
de conversión euro/año 2.000 de Presidencia y Administración
Territorial. -
Proyecto
de conversión euro/año 2.000 de Economía y Hacienda. -
Proyecto
de conversión euro/año 2.000 de Agricultura y Ganadería. -
Proyecto
de conversión euro/año 2.000 de Fomento. -
Proyecto
de conversión euro/año 2.000 de Sanidad y Bienestar Social. -
Proyecto
de conversión euro/año 2.000 de Medio Ambiente. -
Proyecto
de conversión euro/año 2.000 de Educación y Cultura. -
Proyecto
de conversión euro/año 2.000 de Industria, Comercio y Turismo. 7.
Estadística.
En relación con las estadística de la Comunidad, se puede afirmar
que tendrá un impacto prácticamente generalizado en todos los sectores.
Se deberán adaptar o convertir las series históricas de datos o
informaciones que tengan carácter monetario.
A partir del día 1 de enero de 1999 el conjunto de las
publicaciones estadísticas irá progresivamente facilitando la información
en ambas monedas, todo ello en la medida de las posibilidades de los órganos
estadísticos y de las fuentes disponibles. Esta doble información se
culminará para todas las publicaciones en el año 2.002. A partir de este
momento, una vez que se haya producido la adaptación plena, la información
se suministrará en euros. IV.
ACCIONES DE COMUNICACIÓN.
La Administración de Castilla y León desarrollará acciones de
formación hacia los empleados públicos y acciones de información
dirigidas a colectivos específicos de los ciudadanos de Castilla y León
bajo la denominación: “El euro, una moneda para todos”. 1.
Acciones de formación.
Las acciones previstas durante 1.998 para la formación del
funcionario se estructuran en tres partes separadas: a)
La
primera consistirá en la elaboración y reparto en el segundo semestre de
una guía informativa, dedicada a explicar con carácter general la Unión
Europea y el Euro, así como los impactos que se van a producir en el
conjunto de la sociedad y de la Administración en particular. b)
La
segunda actuación, en el segundo semestre, será una Jornada informativa
por cada provincia en donde se explicarán las medidas que se hayan
adoptado, Ley Paraguas del Estado, de la Comunidad, etc. c)
Acciones
formativas singulares dirigidas a colectivos específicos: -
Personas
encargadas de las Oficinas de Información, prevista para el segundo
semestre de 1.998. -
Personal
de informática, prevista para el segundo semestre de 1.998. -
Personal
de gestión económica. 2.
Acciones
de información.
Hasta el momento se han desarrollado las siguientes actividades de
información: a)
Divulgación
del folleto “El euro nos abre todas las puertas de Europa” entre más
de 55 oficinas de Consumo de la Comunidad Autónoma, entre las nueve
Diputaciones y entre las principales asociaciones regionales relacionadas
con los consumidores. b)
Campaña
de información a las PYMES de Castilla y León sobre la introducción del
Euro realizada por la Agencia de Desarrollo de Castilla y León. c)
Desarrollo
de campañas de divulgación del euro en diarios de la región.
Hay colectivos que merecen una especial atención por la incidencia
que en los mismos pueda tener la implantación del euro por motivos de
cultura, edad, separación geográfica de los grandes centros de información,
etc.... Estos colectivos son: *
Colectivos
sociales. tercera edad, mundo rural... *
Consumidores. *
Pequeños
comerciantes. *
Población
escolar. *
Gremios
del sector transporte. *
Pequeñas
y Medianas Empresas. *
Administraciones
Locales, sobre todo las de menor dimensión.
En esta línea, la Gerencia de Servicios Sociales va a realizar una
serie de acciones encaminadas a formar y ayudar a los colectivos de su ámbito
de actuación, en especial a la tercera edad. Cabe señalar las
siguientes: ·
Formación
del personal responsable de los Hogares, Residencias y Centros de la
Tercera Edad de su competencia, a celebrar a finales de junio, para que
desde dichos Centros se facilite la introducción de la nueva moneda. ·
Comunicación
directa a cada uno de los beneficiarios de prestaciones económicas (cerca
de 50.000 personas) sobre las consecuencias prácticas de la implantación
del euro. Se realizará en octubre de 1.998. ·
Sesiones
informativas dirigidas a los beneficiarios institucionales de
subvenciones, que se celebrarán entre octubre y noviembre de 1.998.
Por otra parte, con el fin de facilitar canales de información
permanentes que permitan resolver con rapidez las dudas que en relación
con la implantación del euro puedan surgir al conjunto de los ciudadanos
de Castilla y León, la Comisión Autonómica para la introducción del
euro va a crear el Centro de Consulta sobre el euro, dependiente de la
Secretaría de dicha Comisión. Los canales de acceso al mismo serán: -
Correo
electrónico. -
Pág.
Web. -
Fax. -
Teléfono. -
Por
escrito.
Este Centro de consulta estará abierto a todas las Corporaciones
Locales, Entidades y otras Instituciones, así como a cualquier ciudadano
o funcionario público de Castilla y León, para resolver las dudas que le
surjan sobre la implantación del euro.
Durante el segundo semestre de 1.998, la Agencia de Desarrollo Económico
de Castilla y León continuará la campaña de formación a las PYMES y
creará una Pág. Web, para resolver todas aquellas dudas que a las PYMES
de Castilla y León les surjan en la introducción de la nueva moneda.
La Consejería de Industria, Comercio y Turismo desarrollará una
campaña informativa dirigida a comerciantes y consumidores de toda la
Comunidad Autónoma, para el fomento de la publicidad de la dualidad de
precios.
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