BLANQUEO DE CAPITALES. ASPECTOS LEGALES Y REALIDAD SOCIAL: DOCTRINA
       
 

BLANQUEO DE CAPITALES:
Abogados, notarios y asesores fiscales se suman a la lucha contra el narcotráfico y el terrorismo
Equipo Jurídico de Datadiar.com

España se ha convertido en el paraíso del blanqueo de las organizaciones mafiosas, tras las que se esconden muchas organizaciones terroristas que buscan dinero para conseguir armas, según destacan las organizaciones internacionales de lucha contra el blanqueo de dinero.

Un reciente congreso organizado por la ONU sobre la Prevención del Delito y la Justicia Penal, celebrado en Bangkok insta, en sus conclusiones, a los Estados miembros a aplicar los actuales convenios contra la delincuencia trasnacional organizada y el terrorismo y a que adecuen sus legislaciones con los convenios "existentes" para evitar que la seguridad internacional continúe amenazada por las crecientes modalidades de delincuencia.

El ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar ha justificado esta medida en una jornada sobre "el blanqueo de capitales" organizada por el Colegio de Notarios de Madrid, al señalar que el blanqueo de dinero “tiene presencia masiva en España y ha incidido de forma tremenda en la realidad de los últimos años, pues repercute en el sector económico productivo del país y existen astronómicas cantidades de dinero procedentes de negocios ilícitos, que buscan transformarse con este procedimiento”.

López Aguilar estima que “a nadie se le escapa” que 'el modelo de crecimiento basado únicamente en la especulación inmobiliaria es donde se va concentrar ese inmenso caudal de dinero negro obtenido de negocios ilícitos, que necesitan ampliarse'.

El Gobierno de Rodríguez Zapatero ha tenido que adoptar medidas para acabar con esta situación, que se han iniciado actuaciones policiales contra diversas redes de blanqueo detectadas en zonas de amplio desarrollo inmobiliario y concentración de ciudadanos extranjeros, mediante la firma de acuerdos con otros países y, finalmente, con el cambio en el tratamiento de los colectivos profesionales que hasta ahora debían colaborar con las autoridades y que a partir de ahora están obligados a hacerlo bajo imposición de fuertes sanciones.

Los 'puntos sensibles' en la geografía española serían el litoral Mediterráneo, Baleares y Canarias y también Madrid, según señalan en Interior. Por ello, las actuaciones policiales han golpeado últimamente en la Costa del Sol, con la conocida como “Operación Ballena”, en la que se ha encartado al director de un bufete de abogados, varios notarios y ex directores de sucursales bancarias.

El titular del bufete "Del Valle Abogados" de Marbella (Málaga), el chileno nacionalizado español Fernando del Valle, es considerado el 'cerebro' de la red de blanqueo de dinero de la Costa del Sol. Actualmente se encuentra en prisión preventiva. El dinero blanqueado en el caso abierto por el blanqueo de dinero en Marbella podría ascender a 250 millones de euros (más de 41.596 millones de pesetas y se han intervenido judicialmente 251 fincas inmobiliarias en la primera fase de la operación.

En la operación "Ballena Blanca", que continúa abierta, por lo que no se descartan nuevas detenciones, han sido arrestadas hasta el momento 49 personas, entre las que se cuentan españoles, marroquíes, israelíes, franceses, finlandeses, rusos y ucranianos.

Las pesquisas también se han centrado, en Barcelona, en torno al bufete de abogados de Joan Piqué Vidal, condenado el pasado mes de enero a siete años de cárcel por cohecho y prevaricación en connivencia con el ex-juez Pascual Estevill, en la llamada por la policía “Operación Tacos”, tras la que se desarticulo una red cuya misión era, presuntamente,la canalización del dinero procedente de los estupefacientes a través de cuentas instrumentales cuyo destino era México.

La operación “Tacos”, había blanqueado 236 millones de euros procedentes del tráfico de estupefacientes cuando fue desarticulada hace unas semanas por la Policía Nacional y la Guardia Civily operaba en España y México. Fuentes de la investigación han señalado, que el dinero blanqueado procede de la introducción en el mercado de 4.000 kilos de cocaína.

Para que estas operaciones puedan tener éxito, puesto que las tramas no actúan únicamente en un solo país, sino que se ramifican a lo largo de los cinco continentes y con una especial incidencia en la utilización de Internet y las nuevas tecnologías de la información. Por ello, estas actuaciones se están complementando con la requieren de la firma de acuerdos de intercambio de información, como por ejemplo, el recientemente ratificado con Estados Unidos, que complementará las actuaciones judiciales y la creación de un grupo de expertos para mejorar las técnicas de prevención y lucha contra el blanqueo de dinero.

Este nuevo grupo estará compuestopor agentes estadounidenses y miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado español, que se encargarán de investigar los sistema de blanqueo de dinero de los grandes cárteles de tráfico de drogas.

También, se han aumentado las medidas legales de prevención del blanqueo de capitales con la entrada en vigor del nuevoReglamento de la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales, que ha implicado a los abogados, notarios, auditores, asesores fiscales y contables externos en las responsabilidades penales sobre los delitos de blanqueo que puedan cometer sus clientes, si no han avisado previamente a las autoridades sobre las operacionessospechosas que puedan estar cometiendo.

Se trata de acabar con el sistema de blanqueo más burdo, pero a la vez efectivo, como es la compra de décimos premiados, cartones de bingo o premios en casinos a sus dueños por cantidades superiores a las que les corresponderían, para blanquear así, con total impunidad, cantidades, que en ocasiones pueden superar hasta los 6 millones de euros. Así, se han incluido también a los profesionales y a las empresas de cambio de moneda, transporte de valores, como joyeros, anticuarios, casinos e inmobiliarias.

Estos nuevos sujetos se unen a las entidades de entidades de crédito, seguros, valores, inversión colectiva, que ya tenían obligación de colaborar con la Administración obligando a estas entidades a investigar las actividades profesionales de sus clientes para clasificarlos según su riesgo reputacional.

Se refuerza el sistema antiblanqueo con el control de los movimientos de efectivos por la frontera nacional, controlando cualquier movimiento de efectivo superior a 6.000 euros y por el territorio estatal de 80.500 euros en adelante, se obliga a la inserción de los datos del ordenante en las transferencias y se incorpora a la Comisión Para la Prevención del Blanqueo de Capitales, a la Agencia de Protección de Datos (APD) y al Centro Nacional de Inteligencia (CNI).


Además, se está ultimando el Reglamento de Fondos y la Orden de efectivo, que serán complementados antes del verano con la elaboración y distribución de guías con las operativas de blanqueo en las que se enseña a detectar este tipo de operaciones.

El magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo José Antonio Martín Pallín ha señalado que "la delincuencia financiera, cuando tiene su origen en el crimen organizado o la corrupción, pueden descomponer un sistema democrático".

Buenos resultados

Las medidas adoptadas hasta ahora han dado buenos frutos, pues el Servicio Ejecutivo de Prevención de Blanqueo de Capitales, dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, recibió el año pasado 2.296 comunicaciones de operaciones sospechosas de blanqueo de capitales realizadas por las entidades financieras, frente a las 1.521 registradas en 2003, lo que supone un incremento del 51%.

La aplicación de este reglamento será supervisada por el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC), que desde el año 2000 ha impuesto 17 sanciones por un total de siete millones de euros.

El director adjunto del SEPBLAC, Ignacio Palicio, ha constatado avances en la lucha contra este delito relacionado, entre otras vías, con el terrorismo, el narcotráfico y la delincuencia organizada. A partir de ahora contarán con la supresión de las barreras al intercambio de información entre el SEPBLAC y la Agencia Tributaria.

Entre los sancionados públicamente se encuentra el banco británico HSBC y la inmobiliaria Fadesa, según recuerdan fuentes del Tesoro. En 2004 se registraron 2.296 operaciones sospechosas, un número superior a las 1.521 registradas en 2003, último año del que se tienen cifras oficiales.

Casos como los citados de la Costa del Sol o Cataluña, demuestran la importancia de esta ampliación en el control de las operaciones de blanqueo, pues ante las medidas adoptadas por las entidades financieras, se había creado un “modus operandi” a través de los despachos de abogados, notarios y asesores fiscales para desviar los capitales a países con opacidad bancaria y su posterior blanqueo con el retorno de capitales a los países de la Comunidad Europea.

La investigación de la red de Marbella destacó actuaciones en bufetes y notarías y evidenció, una vez más, el papel esencial que juegan estos colectivos en la detección del lavado de dinero. En sus despachos se crean y administran sociedades, se adquieren inmuebles y se cierran movimientos millonarios, algunos de origen más que dudoso.

Se trata, como es de suponer de una medida política que podría entrar en conflicto con el secreto profesional de estos colectivos, pero que sin embargo, “ha sido debatida y estudiada a fondo para evitar enfrentamientos y tensiones y, por ello, salva las situaciones en las que el abogado se convierte en defensa jurídica de los intereses de sus clientes, según reconoce el abogado del Bufete Díaz-Arias, Alfonso Jiménez Alfaro.

La nueva regulación afecta a las operaciones que realizan los abogados por cuenta del cliente y que tienen un marcado sesgo económico, mientras que se ha dejado fuera de estas obligaciones las que afectan a la defensa jurídica de los clientes en la que seguirá imperando el secreto profesional por encima de todo.

Es pues, una limitación importante, pero necesaria para salvaguardar el principio de seguridad jurídica y los propios sistemas legales y judiciales. De esta forma, los abogados y el resto de las profesiones con marcado carácter legal y económico, están obligadas a comunicar a las autoridades las operaciones en las que actúen únicamente como agentes económicos, en casos como la constitución de sociedades en paraísos fiscales.

En los bufetes de abogados se considera, en general, que lo peor no es el aumento de obligaciones formales, que hay que sumar a las tributarias y laborales ya existentes, sino el que se haya transferido la responsabilidad del control de los clientes sospechosos y de las operaciones poco claras a los despachos.

Estos colectivos, ligados a las actividades legales y contables, están obligados a partir de ahora a hacer informes periódicos, fijar un sistema interno para valorar qué movimientos pueden enmascarar dinero negro y guardar los documentos ligados a estas operaciones durante un periodo de seis años.

Procedimientos internos

Los sujetos obligados deben examinar con “cuidadosa atención”, siguiendo el procedimiento interno que establezcan, cualquier operación, con independencia de su cuantía, que, por su naturaleza, pueda estar aparentemente vinculada al blanqueo de capitales. En particular, los bufetes deben examinar con especial atención toda operación compleja, inusual o que no tenga un propósito económico o lícito aparente, reseñando por escrito los resultados del examen. A tal fin, la normativa establece que “el procedimiento interno de cada sujeto obligado determinará expresamente qué operaciones deben reputarse complejas, inusuales o sin propósito económico o lícito”.

También, señala la nueva norma que deben concretar el modo en que se dará cumplimiento a este deber de examen especial que incluirá “la elaboración y difusión entre sus directivos y empleados de una relación de operaciones susceptibles de estar particularmente vinculadas con el blanqueo de capitales, la periódica revisión de tal relación y la utilización de aplicaciones informáticas apropiadas para realizar el análisis, teniendo en cuenta el tipo de operaciones, sector de negocio, ámbito geográfico y volumen de la información”

A este respecto, José Jiménez, responsable del sistema interno de control y socio de la firma SCM Albiñana y Suárez de Lezo,considera que “en este bufete, como en a mayoría, de siempre ha existido un control de los clientes nuevos y cuando no nos dan confianza, pues no se admiten, porque somos conscientes de que podría meternos en un lío”

Estos, sin embargo, no son los únicos requisitos formales que tendrán que cuidar abogados, notarios y asesores fiscales, ya que si las entidades financieras están obligadas a realizar una auditoría anual por un experto externo que verifique que cumplen con los procedimientos preventivos en blanqueo,bufetes, casinos, inmobiliarias, joyeros, anticuarios, empresas de transporte de fondos y loteros tendrán que efectuarla cada tres años, si superan los 25 empleados.

 

Las claves de la denuncia

La normativa señala expresamente la obligación de que abogados, notarios, asesores fiscales, auditores y contables externos avisen al el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC) cuando la naturaleza o el volumen de las operaciones activas o pasivas de los clientes no se corresponda con su actividad o antecedentes operativos o cuando una misma cuenta, sin causa que lo justifique, venga siendo abonada mediante ingresos en efectivo por un número elevado de personas o reciba múltiples ingresos en efectivo de la misma persona.

Esta colaboración se basa en el control de los nuevos clientes, en la identificación de los clientes con operaciones superiores a 8.000 € antes de 1 mes, en comunicar las operaciones sospechosas superiores a 30.000 €. Y en mantener la información sistemática de las operaciones superiores a 30.000 € y remesas de 3.000 €.

También están obligados los avisos ante losmovimientos con origen o destino en cuentas ubicadas en territorios o países que no colaboran con las organizaciones internacionales y en los casos en que las transferencias que reciban o en las que intervengan no se contenga la identidad del ordenante o el número de la cuenta origen de la transferencia y en los tipos de operaciones complejas, inusuales o que no tengan un propósito económico o lícito aparente que establezca la Comisión de prevención del blanqueo de capitales e infracciones monetarias.

Aunque, no será necesaria la información cuando se trate de operaciones con clientes no habituales cuyo importe no supere los 3.000 euros o su contravalor en divisas, si seaprecia que los clientes fraccionan la operación en varias para eludir el deber de identificación, se sumará el importe de todas ellas y se procederá a exigir su identificación. Igualmente, existe el deber de identificación en aquellas operaciones que presenten indicios o certeza de que están relacionadas con el blanqueo de capitales.

Lo mismo ocurre con los planes de pensiones o contratos de seguro de vida suscritos en virtud de una relación de trabajo o de la actividad profesional del asegurado, pero si estos contratoscontienen cláusula de rescate o pueden servir de garantía para un préstamo, también se convierten en materia obligada de control.

Deben ser identificados, de acuerdo con el nuevo texto legal,los titulares de los contratos de seguros de vida y complementarios realizados por empresas debidamente autorizadas, cuando el importe de la prima o de las primas periódicas que se deben pagar durante un año exceda de 1.000 euros o, si se trata del pago de una prima única, cuando el importe sea superior a 2.500 euros, y cuando se trate de planes de pensiones individuales siempre que la aportación o las aportaciones al año superen los 1.000 euros.

En estas situaciones, además, cuando el debe guardar la máxima discreción, ya que el nuevo texto legal establece la prohibición de avisar al cliente de que está siendo investigado.