La fiscalidad de las empresas bajará por primera vez en la historia de la democracia
Los contribuyentes pagarán un 6% menos de impuestos a partir del año próximo. La reforma fiscal que aprobó ayer el Consejo de Ministros rebaja del 45% al 43% el tipo máximo del impuesto sobre la renta y fija un tipo mínimo del 24%. Las deducciones personales y familiares aumentan significativamente, especialmente a partir del tercer hijo, y beneficiarán de igual forma a las rentas altas que a las bajas. Para gravar el ahorro se establece un tipo único del 18% (frente al 15% actual) y se elimina la mayoría de las excepciones ahora existentes. Respecto a la fiscalidad sobre las empresas, el Gobierno ha abordado la primera rebaja del impuesto de sociedades que se acomete en la democracia. El tipo general pasará del 35% al 30% (un 25% para las pymes).
El Gobierno modificará a partir del año próximo todo el panorama fiscal, con rebajas en el IRPF y el impuesto de sociedades y la introducción de la llamada fiscalidad verde (grava la contaminación del medio ambiente). Las dos rebajas fiscales hasta ahora anunciadas tendrán un coste de unos 4.500 euros para las arcas públicas (2.000 millones el IRPF y unos 2.500 el de sociedades), según explicó ayer el vicepresidente y ministro de Economía, Pedro Solbes, tras el Consejo de Ministros. Esa cantidad supone prácticamente la mitad del superávit logrado por las administraciones públicas en 2005.
Los 20 millones de contribuyentes que existen en España percibirán de media una rebaja del 6% en lo que pagan a Hacienda. Para un 60% de ellos, los que tienen rentas más bajas, el beneficio será mayor, pues se ahorrarán el 17%, según el Ministerio de Economía. Se trata de una reforma "equilibrada, que aumenta la equidad y simplifica los impuestos", en palabras de Solbes. Éstas son las principales novedades:
- Rebaja del tipo máximo. Las rentas más altas pasarán de pagar el 45% actual al 43%. Y las más bajas pagarán un 24% frente al 15% actual. Sin embargo, se fija un primer tramo a tipo cero (es decir, no paga impuestos) en el que se incluyen los que hasta ahora se han considerado mínimos personales y familiares (lo que se descuentan los contribuyentes simplemente por el hecho de serlo y tener familia).
Esos mínimos se incrementan significativamente respecto al modelo actual (ver cuadro), especialmente para el tercer y cuarto hijo, lo que representa una mejora sobre el proyecto inicial. Así, un contribuyente que gane 20.000 euros al año se descuenta 5.050 si no tiene hijos (es decir, no paga nada por esa cantidad) y abona un 24% por los 14.950 restantes. Si tiene hijos, las cantidades exentas de impuestos aumentan progresivamente.
- Cuatro tramos. Los tramos de la renta pasan de los cinco actuales a cuatro. En la práctica, eso supone una rebaja del impuesto. Al ampliarse los límites que determinan si una cantidad tributa a un tipo o a otro más alto, la factura fiscal es menor.
- Mayor reducción por trabajo. La reducción por trabajo (se la aplican los trabajadores con nómina como forma de compensarlos por sus escasos beneficios en el IRPF) aumenta de 3.500 a 4.000 euros para las rentas inferiores a 9.000 euros y de 2.400 a 2.600 para quienes perciben más de 13.000. También podrán beneficiarse de esta reducción los autónomos que trabajan para una sola empresa, pues su situación laboral es similar a los asalariados.
- Tipo único para el ahorro. Todos los productos del ahorro (seguros, plusvalías, planes de pensiones, cuentas...) tendrán una tributación única del 18%. En la actualidad el tipo general, vigente desde la última reforma fiscal del Partido Popular en 2003, es del 15% para todas las plusvalías con más de un año. Las que tengan una antigüedad inferior tributan a la escala general del impuesto (entre el 15% y el 45%). Así, si un contribuyente vende su piso, las ganancias generadas por esa operación tributan el primer año igual que las rentas del trabajo. Si permanecen como ahorro más tiempo se les aplica el 15%. La idea que subyace en esta distinción es la de fomentar el ahorro a largo plazo.
Con la reforma del Gobierno socialista desaparece la diferencia entre ahorro a corto plazo y a largo plazo. Desaparece la mayoría de las excepciones ahora existentes. Sólo se introducirá una particularidad. En los dividendos se introduce un mínimo exento de 1.000 euros para compensar el hecho de que esta figura soporta una doble tributación (la empresa paga por sus beneficios en el impuesto de sociedades y luego el perceptor de dividendos vuelve a tributar). Por encima de 1.000 euros se abonará el 18%.
- Vivienda. Se mantiene la deducción general del 15% para las cantidades destinadas a compra de vivienda, con una aportación máxima de 9.015 euros. Desaparecen, sin embargo, los porcentajes incrementados: el 25% que ahora se aplica a los 4.507 primeros euros y el 20% al capital restante hasta 9.015 durante los primeros dos años. No obstante, el que haya adquirido su piso antes del 20 de enero de 2006 (fecha de aprobación del anteproyecto) podrá beneficiarse de esos porcentajes.
- Alivio fiscal para las empresas. El impuesto de sociedades, que pagan las empresas por sus beneficios, se rebajará progresivamente a partir del año próximo, con una media del 20%. Con carácter general, el tipo impositivo baja del 35% actual al 30%. Para las pequeñas y medianas empresas (todas aquellas que facturen hasta ocho millones de euros al año), el tipo se situará en el 25%. Cada año se rebajará un punto hasta llegar a 2011.
- Adiós a las deducciones. La contrapartida a esa rebaja de tipos figura en la eliminación, también progresiva, de todas las deducciones, que rebajan significativamente la carga fiscal de las empresas, sobre todo de las grandes. Las compañías podrán deducirse todas las partidas correspondientes a periodos anteriores a la entrada en vigor de la ley (enero de 2007).
- Fomento al I+D+i. Para paliar la pérdida de deducciones, se fijará una bonificación del 40% en los pagos que hace a la Seguridad Social la empresa que contrate a investigadores, un sistema importado de los países nórdicos. En todo caso, y durante el periodo transitorio de aplicación del impuesto (hasta 2012), las empresas podrán optar por mantener la actual deducción de I+D con una reducción del 3% anual. En 2012 renunciarán a ellas definitivamente.
- Calendario. Las reformas entrarán en vigor en 2007. Los cambios en IRPF se percibirán a partir de 2008, cuando se presente la renta del año anterior. En sociedades los efectos se prolongarán hasta el final de 2011. Solbes garantizó ayer que se respetarán todos los derechos adquiridos.
La reforma del IRPF y del impuesto de sociedades
TARIFA ESTATAL
NUEVO IRPF
Base liquidable
-
Hasta euros |
Cuota íntegra
-
Euros |
Resto base liquidable
-
Hasta euros |
Tipo aplicable
-
Porcentaje |
0 |
0 |
17.360 |
15,66 |
17.360 |
2.718,58 |
15.000 |
18,27 |
32.360 |
5.459,08 |
20.000 |
24,14 |
52.360 |
10.287,08 |
En adelante |
27,13 |
IRPF ACTUAL
Base liquidable
-
Hasta euros |
Cuota íntegra
-
Euros |
Resto base liquidable
-
Hasta euros |
Tipo aplicable
-
Porcentaje |
0,00
|
0,00 |
4.161,60 |
9,06 |
| 4.161,60 |
377,04 |
10.195,92 |
15,84 |
| 14.357,52 |
1.992,07 |
12.484,80 |
18,68 |
| 26.842,32 |
4.324,23 |
19.975,68 |
24,71 |
| 46.818,00 |
9.260,22 |
En adelante |
29,16 |
TARIFA AUTONÓMICA
NUEVO IRPF
Base liquidable
-
Hasta euros |
Cuota íntegra
-
Euros |
Resto base liquidable
-
Hasta euros |
Tipo aplicable
-
Porcentaje |
0 |
0 |
17.360 |
8,34 |
17.360 |
1.447,82 |
15.000 |
9,73 |
32.360 |
2.907,32 |
20.000 |
12,86 |
52.360 |
5.479,32 |
En adelante |
15,87 |
IRPF ACTUAL
Base liquidable
-
Hasta euros |
Cuota íntegra
-
Euros |
Resto base liquidable
-
Hasta euros |
Tipo aplicable
-
Porcentaje |
0,00 |
0,00 |
4.161,60 |
5,94 |
4.161,60 |
247,20 |
10.195,92 |
8,16 |
14.357,52 |
1.079,19 |
12.484,80 |
9,32 |
26.842,32 |
2.242,77 |
19.975,68 |
12,29 |
46.818,00 |
4.697,78 |
En adelante |
15,84 |
CIRCUNSTANCIAS PERSONALES Y FAMILIARES (TRAMO A TIPO CERO)
|
Importes |
Incremento |
| |
IRPF 2006 |
IRPF 2007 |
Absoluto |
% |
| Mínimo personal |
3.400 |
5.050 |
1.650 |
48,52 |
| Descendientes |
1°: 1.400 |
1.800 |
400 |
28,57 |
| |
2ª: 1.500 |
2.000 |
500 |
33,33 |
| |
3°: 2.200 |
3.600 |
1.400 |
63,63 |
| |
4°: 2.300 |
4.100 |
1.800 |
78,26 |
| Menores de tres años |
1.200 |
1.400 |
200 |
16,68 |
| Edad |
> 65 |
800 |
900 |
100 |
12,5 |
| |
> 75 |
1.000 |
1.100 |
100 |
10 |
| Discapacidad |
> 33% |
2.000 |
2.270 |
270 |
13,5 |
| |
> 65% |
5.000 |
6.900 |
1.900 |
38 |
AHORRO
Del gravamen del 15% actual se pasa al 18% aunque se elimina toda la casuística existente hasta ahora que establecía tipos mayores para el ahorro a corto plazo en general.
Planes de pensiones: Se mantiene en 8.000 euros la aportación máxima anual (con carácter general, aunque se eleva a 10.000 euros para los mayores de 50 años. El contribuyente decidirá cuándo lo cobra (a partir siempre del momento de jubilación) y cómo (como renta periódica o de una vez). Si lo cobra de una vez no contará con la importante reducción del 40% que existe hoy para el pago de impuestos. Los jubilados que sigan teniendo rentas podrán seguir aportando.
Dividendo: Se fija un mínimo exento de 1000 euros. El resto tributa al 18%
IMPUESTO DE SOCIEDADES
Rebaja gradual entre el 2007 y 2011 del 35% al 30% en el tipo general (hasta el 25% para pymes)
Se eliminan las deducciones a un ritmo de 20% por año.
Para fomentar el I+D, se establece una bonificación del 40% en los contratos a investigadores. El empresario podrá elegir mantener las deducciones por I+D hasta 2012 con una reducción del 35% anual.
Se mantienes todos los derechos adquiridos en renta, ahorro y sociedades.