El proyecto de reforma fiscal hace desaparecer una medida, introducida por el PP, que protegía a los socios frente a la Inspección. El cambio afecta a abogados, economistas, arquitectos, ingenieros y demás actividades liberales.
Hacienda ha aprovechado las normas tributarias remitidas al Parlamento -los proyectos de reforma del IRPF y del Impuesto del Sociedades, y la ley de Medidas de Prevención del Fraude Fiscal- para eliminar una ventaja fiscal con la que venían contando las sociedades profesionales en los últimos años. Se trata de una regla especial que establece que la contraprestación que recibe un socio por un servicio o trabajo realizado para su despacho "coincide con el valor normal de mercado". Esto ofrece un blindaje frente a la Inspección fiscal, pues se ha cerrado la posibilidad de que esas operaciones y sus importes puedan ser revisados.
Esta fue una regla introducida, en el IRPF y en Sociedades, en la segunda reforma fiscal del PP, que entró en vigor en 2003. Con ello, se buscó dotar de cierta seguridad a las sociedades de profesionales, tras la supresión del régimen de transparencia fiscal. Se consideró entonces que cualquier pretensión de determinar el verdadero valor de mercado de los servicios que realizan los profesionales a su sociedad resultaría complicado y confuso, además de una fuente permanente de conflictos. Así, para evitar complicaciones, el régimen vigente entiende que lo que un socio profesional cobra a su despacho o firma tiene siempre el valor de mercado. "La norma actual garantiza que, aún cuando sean muy diferentes remuneraciones, no se va poner en cuestión por parte de Hacienda", explicó uno de los expertos consultados.
Operaciones vinculadas
Ahora, uno de los aspectos que el Gobierno modifica en la reforma fiscal es el régimen de las operaciones vinculadas, esto es, las relaciones económicas entre una sociedad matriz y su filial, o también entre una sociedad y sus socios, que es el caso de los despachos. La nueva regulación elimina por completo la regla especial para los profesionales en los Impuestos de Renta de las Personas Físicas y en el de Sociedades; esto es, las sociedades de profesionales recibirán el mismo tratamiento que cualquier otra empresa. Esto afecta a abogados, economistas, arquitectos, ingenieros, demás actividades liberales.
La eliminación de la regla especial para los profesionales vendría a corregir una situación que algunos círculos académicos habían censurado por resultar "muy ventajosa" para las sociedades de profesionales respecto a otros contribuyentes. "El nuevo marco de operaciones vinculadas, que está recogiendo la doctrina de la OCDE en la materia, no justifica esta situación, ni puede contemplar excepciones", dijeron las fuentes consultadas.
Igualmente, se trata de poner coto a algunas prácticas abusivas del sistema, que en ocasiones se ha utilizado para vaciar de beneficios las sociedades y aliviar su tributación.
Pero algunos asesores fiscales rechazan el cambio introducido por Hacienda, "de forma subrepticia", en las normas fiscales que ha enviado al Parlamento, y que van a suponer "un foco de conflictos".
"Vuelta de tuerca"
Para los expertos, la reforma es una "vuelta de tuerca" que "obstaculiza la viabilidad fiscal" de las sociedades de profesionales. Los asesores del REAF defienden el tratamiento particular para las actividades profesionales, "dadas sus especiales características, en las que prima la impronta personal" del socio. Por su parte, los expertos de Aedaf creen que se abre "un camino hacia la arbitrariedad en la determinación del valor de las prestaciones satisfechas por las sociedades a los socios profesionales que realizan actividades laborales o económicas para las mismas".
El régimen vigente de las operaciones socio-sociedad profesional es el que permite el reparto de los beneficios de los despachos. Ahora, la reforma fiscal "dificulta" esta distribución de beneficios, cuando además desaparece la deducción por doble imposición de los dividendos.